El Tribunal de Estrasburgo tumba la «Doctrina Parrot»

Estrasburgo ha condenado la doctrina Parot que ha permitido alargar de manera irregular la estancia en prisión de los etarras con condenas más altas por múltiples crímenes y de peligros delincuentes. Implantada en España en 2006 por decisión del Tribunal Supremo y avalada por Constitucional español implicaba una aplicación retroactiva de la norma en perjuicio del recluso.

La sentencia difundida hoy ha resuelto de modo definitivo el caso planteado por Inés del Río, miembro del comando Madrid de ETA a mediados de los años 80, detenida en 1987 y condenada a 3.828 años de cárcel por 24 asesinatos. A Del Río se le practicaron redenciones de penas sobre el máximo legal de 30 años de cumplimiento, al aplicársele el Código Penal de 1973, vigente cuando la terrorista cometió los delitos, entre ellos el coche bomba que colocó el comando en la Plaza de la República en julio de 1986 en el que fueron asesinados 12 guardias civiles. Antes de la doctrina Parot -que toma el nombre por el recurso planteado por el etarra Henri Parot ante el Tribunal Supremo- el computo de liquidación de condena fijó que Del Río tenía que haber salido de prisión en 2008. Pero la aplicación a Inés del Río de la doctrina Parot retrasaba su excarcelación hasta 2017, ya que los beneficios penitenciarios se le aplicaban no sobre los 30 años de cumplimiento máximo, sino sucesivamente sobre cada una de sus condenas. Es lo que en el mundo abertzale -y muchos juristas contrarios a esa interpretación de la ley-, denominan una «cadena perpetua real», dado que cumpliría inexorablemente 30 años de cárcel, explica eldiario.es

Poco tengo que decir. Van a hablar y han hablado ya tanto, tanto. Que, para mí, Justicia no es equivalente a venganza. Y que no vivimos en un corralito donde impera la singularidad española. Esa singularidad que aterra en sus extremos.

Comparto lo que escribe Ignacio Escolar y que comienza así:

«Los derechos humanos son para todos, también para quienes los pisotean: para los asesinos más terribles, para los etarras o los violadores. La sentencia europea contra la doctrina Parot así lo deja claro a partir de uno de los principios básicos del derecho: la no retroactividad de las condenas. No se puede endurecer una pena de cárcel a posteriori y, cuando estos presos cometieron sus horribles crímenes, el Código Penal español era el que era. Lo máximo que podías estar en la cárcel eran 30 años y sobre ese plazo se aplicaban los beneficios penitenciarios«.

Y lo de Luis R. Aizpeolea quien recuerda que el Tribunal de DDHH de Estrasburgo forma parte del sistema judicial español, no es «extranjero».

Lo que muchos nos preguntamos hoy incluso es cuántos años y recursos quedan para que este mismo Tribunal declare el Código Penal de Gallardón contrario a los Derechos Humanos.

Han hablado tanto, hablarán tanto…

El fascismo español está reaccionando con virulencia. Jaime A. Mora de NNGG del PP de Madrid, anda amenazando de muerte al diputado de IU Alberto Garzón:

2013-10-21 13.03.57-1

Luego ha intentado «arreglarlo» diciendo para «tranquilizarle»::

2013-10-21 13.00.59

Otros se quieren salir de Europa que aquí, en cuestiones de Justicia se está divinamente:

2013-10-21 13.20.35-1-1

 

*Actualización 20.00

Los ataques a Alberto Garzón han ido creciendo y el diputado de IU ha decidido denunciarlos ante la policía. 

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